“La normativa crea dos categorías de trabajadores: dependientes e independientes. Los primeros están más protegidos. Pero, para integrar el grupo ‘dependiente’, el empleador tiene que estar de acuerdo; y, si no acepta, la trabajadora o trabajador tiene que llevarlo a tribunales y ganarle un juicio. Además, se les permite crear sindicatos, pero sin fuero ni derecho a huelga. Por todo ello, los autores y la autora creen que esta norma, en lugar de mejorar, profundiza las asimetrías de poder entre empleadores y trabajadores de plataformas.
Esta semana, el Congreso terminó de revisar un proyecto de ley[1] que regula los aspectos jurídico-laborales del trabajo en plataformas como UBER, CornerShop y otras que entregan productos y servicios. Una vez promulgado, Chile será uno de los primeros países que cuente con una normativa que regule el vínculo laboral entre plataforma y prestador de servicio[2]. La experiencia comparada nos muestra que, pese a que se trata de un tema plenamente vigente a nivel judicial y político[3], existe escasa intervención legislativa para regular las condiciones en las que se desarrolla el trabajo en plataformas. Quizás el mejor ejemplo de las dificultades que esto trae aparejado es el caso de California, pionero en la aprobación de una norma sobre esta materia, pero también en la potente reacción de las empresas para atacar sus efectos[4].”
https://terceradosis.cl/2022/03/04/nueva-ley-laboral-asegura-derechos-muy-dificiles-de-exigir/